Te detiene la Guardia Civil en un control de alcoholemia. Soplar en el alcoholímetro confirma que has bebido.
Los agentes te informan de que podrías haber cometido un delito contra la seguridad vial.
Y empiezan las preocupaciones:
¿Voy a entrar en prisión? ¿Cuánto tiempo estaré sin conducir? ¿Tendré antecedentes penales?
1. ¿Todo positivo en alcoholemia es delito?
No. Una tasa de alcohol superior al límite permitido puede dar lugar a una sanción administrativa, pero no todo positivo constituye delito.
El artículo 379.2 del Código Penal castiga conducir con una tasa superior a 0,60 mg/l en aire espirado o superior a 1,2 g/l en sangre.
También puede cometerse el delito con una tasa inferior cuando se demuestra que se conducía bajo la influencia de bebidas alcohólicas.
2. ¿Puedo acabar en prisión?
Sí, existe esa posibilidad, pero no es una consecuencia automática.
Para el delito del artículo 379.2, la ley contempla tres penas alternativas:
Prisión de 3 a 6 meses.
Multa de 6 a 12 meses.
Trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.
Además, se impone la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante más de un año y hasta cuatro años.
Por tanto, una condena por alcoholemia no implica necesariamente una pena de prisión.
3. ¿Y si necesito el coche para trabajar?
Es una de las preocupaciones más frecuentes.
Puedes necesitar conducir para acudir a tu trabajo, visitar clientes o atender a tu familia.
Sin embargo, necesitar el vehículo no elimina por sí mismo la pena de privación del derecho a conducir.
4. ¿Qué ocurre si me citan para un juicio rápido?
En determinados procedimientos puede alcanzarse una conformidad que permita reducir en un tercio la pena solicitada, siempre que se cumplan los requisitos legales.
Pero conformarse significa aceptar una condena penal.
Antes de decidir, es fundamental revisar las pruebas, la acusación y las consecuencias de esa conformidad.
5. ¿Tendré antecedentes penales?
Si existe una condena penal firme, esta genera antecedentes penales.
Su cancelación exige cumplir los requisitos y plazos establecidos en el Código Penal.
6. ¿Qué debo hacer si me han citado para un juicio rápido?
No esperes al último momento.
En Morín Hernández Abogados revisamos el atestado, las pruebas de alcoholemia y las circunstancias de la intervención policial.
Estudiamos las posibilidades de defensa y te explicamos las consecuencias de las decisiones que puedes adoptar durante el procedimiento.
¿Has dado positivo en alcoholemia y te han citado para un juicio rápido? Consulta con un abogado antes de tomar una decisión que puede afectar a tu permiso de conducir y a tus antecedentes penales.
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