¿El uso ilícito de llaves es hurto o robo con fuerza?
No es lo mismo porque, en el caso del robo, las penas de prisión son más graves

Les voy a contar el caso de Marta y la familia Gutiérrez:
Marta trabajó como empleada doméstica para la familia Gutiérrez durante varios años. La relación se había basado en la confianza, permitiéndole acceso a gran parte de la vivienda. Un día, mientras limpiaba la oficina privada de la casa, Marta encontró una llave maestra que abría la caja fuerte del dormitorio principal. Aunque no tenía autorización para usarla, decidió hacerlo pensando que tomar pequeñas cantidades de dinero de forma esporádica pasaría desapercibido.

Durante varios meses, Marta utilizó esta llave para acceder a la caja fuerte y sustraer más de 50.000 euros. La familia Gutiérrez instaló una cámara de seguridad en el dormitorio. Fue así como descubrieron a Marta accediendo a la caja fuerte de forma repetida y sin autorización. Gutiérrez decidieron presentar una denuncia que llevó a Marta a enfrentarse a un juicio penal.

El debate jurídico: ¿Hurto o robo con fuerza?

La cuestión central del caso era determinar si el uso de la llave maestra por parte de Marta debía calificarse como hurto o como robo con fuerza en las cosas. La diferencia entre ambas figuras radica en el concepto de «llave falsa” incluido en el artículo 239 del Código Penal, y su interpretación.

  • La defensa de Marta: Argumentó que no había empleado violencia ni fuerza física para acceder a los bienes que es lo característico del robo. Marta simplemente utilizó una llave legítima que ya existía en el domicilio. Según esta línea de defensa, la acción debía calificarse como un hurto, ya que no existía fuerza en las cosas.
  • La posición de la acusación sostuvo que la llave maestra, aunque legítimamente en su origen, fue utilizada de forma ilícita y sin autorización, lo que la convertía en una «llave falsa» a efectos legales.


El Tribunal Supremo, en su sentencia de hace escasamente unas semanas se inclinó por la interpretación de la acusación concluyendo que Marta había cometido un robo con fuerza en las cosas.

Marta fue condenada por robo con fuerza en las cosas, lo que lleva aparejada una pena más grave que el hurto, debido a la interpretación del uso de la llave como fuerza en las cosas. 

En definitiva, este fallo reafirma la jurisprudencia que considera que el uso no autorizado de una llave en el acceso a bienes protegidos constituye un robo con fuerza.

Esta sentencia del Tribunal Supremo establece un precedente importante para los casos en los que se utiliza una llave legítima de forma ilícita.