Abordaremos por último un caso que plantea una interesante cuestión:

¿Es procedente despedir a un trabajador que no puede acudir al trabajo por circunstancias ajenas a su voluntad?

Analizamos la reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia que declara improcedente el despido de un camarero en estas condiciones.

El trabajador, empleado en un restaurante de difícil acceso fue despedido tras faltar al trabajo durante tres días consecutivos. La causa fue que su vehículo estaba averiado y no disponía de medios alternativos para desplazarse. Aunque informó a la empresa, esta tampoco podía facilitarle transporte.

El trabajador percibía un salario de poco más de 1.190,00 euros mensuales y habría necesitado recurrir a un taxi, lo que habría supuesto un coste desproporcionado en relación con su remuneración.

El Juzgado de lo Social consideró las ausencias como faltas muy graves y declaró el despido procedente, argumentando que el trabajador incumplió sus obligaciones contractuales.

Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia revisó el caso aplicando los principios de proporcionalidad y valoración individualizada de las circunstancias. 

La avería del vehículo fue una causa extraordinaria e inevitable para el trabajador.

No existían alternativas de transporte público viables debido a la ubicación remota del centro de trabajo.

El despido se consideró una medida desproporcionada ante la posibilidad de aplicar sanciones menos severas, como la suspensión temporal de empleo y sueldo.

Finalmente, el Tribunal declaró el despido improcedente, destacando que las dificultades ajenas al control del trabajador atenuaban su responsabilidad.