Imagina que sales de una cena, coges el coche y te detienen en un control.
Soplas en el alcoholímetro y aparece una cifra: 0,35 mg/l.
La primera pregunta es inevitable:
—¿Cuánto tengo que pagar? ¿Me van a quitar el carnet?
No todos los positivos tienen las mismas consecuencias.
1. ¿CUÁL ES EL LÍMITE DE ALCOHOL PERMITIDO?
Conforme a los límites recogidos en la normativa vigente que estamos examinando:
Conductores en general: 0,25 mg/l en aire espirado. Conductores noveles durante los dos primeros años: 0,15 mg/l. Determinados conductores profesionales: 0,15 mg/l. Conductores menores de edad: tasa cero.
Las cifras anteriores se refieren al aire espirado. Para determinar una infracción hay que comprobar el límite aplicable y la validez de las mediciones.
2. ¿DE CUÁNTO ES LA MULTA?
Como regla general, superar la tasa permitida supone una sanción de 500 €.
La multa puede ascender a 1.000 € cuando:
Se supera el doble de la tasa permitida. El conductor ya fue sancionado por exceder la tasa de alcohol en el año inmediatamente anterior.
3. ¿CUÁNTOS PUNTOS TE QUITAN?
Para un conductor sujeto al límite general:
Tasa de alcohol en aire Puntos
Más de 0,25 hasta 0,50 mg/l 4 puntos
Más de 0,50 mg/l 6 puntos
Para los conductores sujetos al límite reducido, los tramos son distintos.
UN EJEMPLO PRÁCTICO. Pedro conduce su coche y obtiene una tasa legalmente acreditada de 0,35 mg/l.
No es conductor novel ni está sujeto a un límite especial.
Si los hechos constituyen únicamente una infracción administrativa y no concurre una circunstancia que eleve la multa, puede enfrentarse a:
500 € de multa y pérdida de 4 puntos.
Pero atención: antes de aceptar la sanción hay que comprobar las mediciones y el expediente.
4. ¿PUEDO PAGAR LA MULTA CON UN 50 % DE DESCUENTO?
En el procedimiento administrativo abreviado, puedes beneficiarte de una reducción del 50 % si pagas dentro de los 20 días naturales siguientes al día de la notificación.
Por ejemplo:
Una multa de 500 € puede quedar en 250 €.
Pero los puntos no se reducen.
Y el pago voluntario implica renunciar a presentar alegaciones en ese procedimiento, con las consecuencias legales correspondientes.
Por eso, si existen dudas sobre la prueba o la tramitación, conviene revisar el expediente antes de pagar.
5. ¿SI PAGO LA MULTA PUEDO SEGUIR CONDUCIENDO?
Depende de la situación.
Una sanción administrativa por alcoholemia no implica por sí misma la misma privación judicial de conducir que una condena penal.
Sin embargo, si pierdes todos los puntos, puedes acabar perdiendo la vigencia del permiso.
Además, después de un positivo, los agentes pueden inmovilizar el vehículo.
Que te entreguen una denuncia no significa que puedas continuar conduciendo inmediatamente.
6. ¿QUÉ DEBES COMPROBAR EN LA DENUNCIA?
La tasa reflejada en cada medición. El límite de alcohol que te corresponde. Los datos del alcoholímetro. Las circunstancias del control. La sanción económica y los puntos que se pretenden retirar. La fecha de notificación y los plazos disponibles. En Morín Hernández Abogados podemos revisar tu expediente de alcoholemia, comprobar las pruebas y estudiar si existen motivos para presentar alegaciones o recurrir la sanción.
Antes de pagar una multa, conviene saber exactamente qué estás aceptando y qué derechos puedes ejercer.
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