Desde ahora, consumir drogas dentro de un coche aparcado no conlleva multa, según una orden del Ministerio del Interior. Este consumo de drogas en coche aparcado ha generado un gran debate sobre los límites de la intimidad y la actuación policial.

¿Qué dice la orden?

El Ministerio del Interior ha instruido a las fuerzas de seguridad para que no sancionen a quienes consuman drogas dentro de su vehículo, siempre que el coche esté aparcado, abordando así la cuestión de las drogas en coche aparcado y respetando la privacidad.

  • El coche esté aparcado.
  • No haya molestias a terceros.
  • No exista intención de vender sustancias.

Fundamento jurídico

El Tribunal Supremo ha sentenciado que el interior de un coche aparcado es un espacio privado. No es equiparable a un domicilio, pero sí se reconoce una expectativa razonable de intimidad respecto al consumo de drogas mientras el coche está aparcado, lo que aplica también a drogas en coche aparcado.

Límites a tener en cuenta

  • Si el coche está en marcha o se va a conducir, puede constituir un delito.
  • Si se lleva una cantidad superior a la de consumo propio, puede entenderse como tráfico.
  • Si se molesta, escandaliza o pone en riesgo a terceros, también puede haber consecuencias.

¿Cuál es la cantidad permitida para consumo propio?

Según los límites orientativos del Instituto Nacional de Toxicología:

  • Marihuana: hasta 100 g
  • Hachís: hasta 25 g
  • Cocaína: hasta 7,5 g
  • Heroína: menos de 3 g
  • MDMA: hasta 1,4 g
  • LSD: hasta 3 mg

Superar estos límites puede interpretarse como intención de traficar, especialmente si se considera el uso de drogas en un coche aparcado.

Conclusión

Si estás solo, dentro de un coche aparcado, y lo que consumes es para uso personal, ya no se considera una infracción. Pero los límites sobre el consumo de drogas en coche aparcado existen y es importante conocerlos para evitar consecuencias legales innecesarias.