El Tribunal Supremo aclara el impacto de la Separación de Hecho

Muchos se preguntan si la sociedad de gananciales se disuelve automáticamente con la sentencia de divorcio o si, en algunos casos, la separación de hecho puede tener efectos patrimoniales inmediatos. La mayoría de las parejas se separan durante un tiempo y luego inician el proceso de divorcio contencioso hasta que llega la sentencia ha pasado un tiempo.

Recientemente, el Tribunal Supremo emitió una sentencia que aclara este punto crucial. Esta sentencia establece que, aunque formalmente la sociedad de gananciales se disuelva con el divorcio, una separación de hecho prolongada, acompañada de una desvinculación económica clara, puede alterar la naturaleza de los bienes adquiridos a partir de esa separación.

Para entenderlo vamos a poner un caso real.

El conflicto se generó entre Justino y Mariana, un matrimonio que se separó de hecho en noviembre de 2013, aunque el divorcio formal no se dictó hasta el año siguiente, en 2014. La controversia surgió cuando Mariana percibió una indemnización por despido en junio de 2014, antes de que se formaliza la sentencia de divorcio. Justino sostenía que la indemnización debería considerarse parte de los bienes gananciales, argumentando que la sociedad de gananciales seguía vigente. Por su parte, Mariana defendía que, dado que la separación de hecho se produjo en noviembre de 2013, ya había una desvinculación económica clara y, por lo tanto, la indemnización debía considerarse un bien privativo.

La sentencia del Tribunal Supremo es crucial para esclarecer cómo la separación de hecho, cuando va acompañada de una desvinculación económica efectiva, puede influir en la naturaleza de los bienes adquiridos tras esa separación.

El Tribunal Supremo falló a favor de Mariana, declarando que la indemnización por despido percibida en 2014 debía considerarse un bien privativo. El tribunal argumentó que, aunque el divorcio formalmente disolvió la sociedad de gananciales, la separación de hecho, que comenzó en noviembre de 2013, implicó una desvinculación económica real. Es decir, desde esa fecha, los cónyuges gestionaron sus finanzas de manera independiente, y los bienes obtenidos por cada uno debían considerarse privativos.

El Supremo explicó que la separación de hecho prolongada y acompañada de autonomía económica implica que los cónyuges ya no gestionan los bienes de forma conjunta, lo que puede llevar a considerar que la sociedad de gananciales está disuelta de facto, incluso si la sentencia de divorcio aún no se ha dictado.

Esta sentencia tiene un gran impacto en la forma en que se liquidan las sociedades de gananciales en casos de separación de hecho. Si bien hasta ahora se consideraba que la disolución oficial solo ocurría con la sentencia de divorcio, el Tribunal Supremo ha dejado claro que una separación económica real y prolongada puede marcar el fin de la comunidad patrimonial y permitir que los bienes adquiridos por los cónyuges sean considerados privativos.

En futuros casos de separación de hecho, será clave analizar cómo los cónyuges gestionaron sus finanzas durante este período. Si ambos demostraron una clara independencia económica, los tribunales podrían considerar que la sociedad de gananciales está disuelta de facto, y los bienes adquiridos después de esa separación podrían ser privativos.

Recomendaciones:

1. Documentar la separación Económica:

Si estás en un proceso de separación de hecho, es fundamental que tanto tú como tu cónyuge documenten y prueben su desvinculación económica, ya que esto influirá directamente en la clasificación de los bienes adquiridos tras esa separación.

2. Consultar a un abogado:

La sentencia del Tribunal Supremo refuerza la importancia de consultar con un abogado si te encuentras en un proceso de separación de hecho. El abogado podrá asesorarte sobre cómo manejar los bienes adquiridos durante este período y qué pruebas son necesarias para respaldar una desvinculación patrimonial efectiva.