Mi casero dice que necesita el piso para vivir él, ¿me puede echar?

Inquilino revisando el contrato ante la solicitud de recuperar la vivienda

Puede recuperar la vivienda por necesidad, pero no basta con decir «el piso es mío y lo necesito».

Lo que exige la ley

El artículo 9.3 de la Ley de Arrendamientos Urbanos exige varios requisitos. Entre ellos:

  • Que haya transcurrido al menos el primer año del contrato.
  • Que el arrendador sea persona física.
  • Para los contratos sujetos a la regulación actual, que esta posibilidad conste expresamente en el contrato.
  • Que comunique la causa con al menos dos meses de antelación.

La clave: cuándo recibiste el aviso

No basta con enviar la carta: hay que poder demostrar cuándo la recibió el inquilino.

Un ejemplo

Carlos envía una comunicación diciendo que necesita recuperar el piso. Después presenta una demanda. Puede demostrar cuándo redactó la carta, pero no cuándo la recibió Sacramento.

El tribunal desestima la demanda porque no puede comprobar que se respetaron realmente los dos meses de preaviso.

Qué hacer si recibes una comunicación así

No entregues inmediatamente las llaves. Revisa el contrato, la fecha de inicio, quién necesita realmente la vivienda, el motivo alegado y, sobre todo, la fecha en la que recibiste el aviso.

Una fecha puede decidir todo el procedimiento.

También puede interesarte: El casero necesita el piso para su hijo · El piso sigue vacío tras la recuperación por necesidad.

¿Te han pedido dejar el piso? Revisamos tu contrato y el aviso antes de que entregues las llaves.

Teléfono 922 202 971 · WhatsApp 611 333 807
morinhernandezabogados@gmail.com
C/ Calderón de la Barca, 2, Santa Cruz de Tenerife

Consulta tu caso

SÍGUENOS EN NUESTRAS REDES SOCIALES

¿Necesitas un abogado?

Consulta tu caso con un abogado especializado. Te orientamos desde el primer momento.