Tras el divorcio: ¿Qué bienes son privativos y no se reparten?

Cuando se disuelve el matrimonio, no todo entra en el reparto. Hay bienes que, aunque se hayan adquirido durante el matrimonio, pertenecen solo a uno de los cónyuges. Estos se llaman bienes privativos y no se reparten tras el divorcio. Es importante comprender cómo se manejan los bienes privativos en el contexto del matrimonio y divorcio.

¿Cuáles son los bienes privativos?

Según el artículo 1346 del Código Civil y la jurisprudencia vigente, estos son los principales:

  • Bienes anteriores al matrimonio
    Todo lo que ya era tuyo antes de casarte se considera privativo.
    • Ejemplo: una casa o un coche adquiridos antes de casarse.
  • Bienes recibidos por herencia o donación
    Da igual si los recibes durante el matrimonio: si vienen de una herencia o donación, son privativos.
    • Incluye también regalos entre cónyuges si no se pactó lo contrario. En bienes privativos, el origen y la procedencia del bien juegan un papel crucial en el contexto de matrimonio y divorcio.
  • Bienes comprados con dinero privativo
    Si compras algo durante el matrimonio con dinero que ya era solo tuyo, ese bien es privativo (subrogación real).
    • Aunque uses una cuenta conjunta, debes poder demostrar el origen del dinero.
  • Bienes adquiridos por ejercicio de un derecho personal
    Como el derecho de retracto o preferente en copropiedad.
    • Si usas dinero ganancial, deberás compensarlo (reembolso).
  • Objetos de uso personal (no de lujo)
    Ropa, utensilios y efectos personales, si no tienen valor económico elevado.
    • No incluye relojes o prendas de lujo de alto coste.
  • Herramientas necesarias para la profesión
    Instrumentos, materiales o equipos necesarios para tu trabajo individual.
    • No incluye bienes del negocio familiar ni de empresas comunes.
  • Indemnizaciones o pensiones por daño personal
    Todo lo que recibas por incapacidad, accidente o enfermedad es privativo y juega un papel crucial en Bienes privativos matrimonio divorcio.
  • Bienes adquiridos tras una separación de hecho prolongada
    Si puedes demostrar independencia económica y separación real, esos bienes se consideran privativos.
    • Requiere prueba clara de desvinculación económica.

¿Y si usaste dinero ganancial para pagar un bien privativo?

  • El bien sigue siendo privativo
  • Pero deberás reembolsar al matrimonio la parte abonada con dinero común

Conclusión: lo importante es el origen, no el nombre

No se trata de a nombre de quién está el bien, sino de dónde viene el dinero con el que se adquirió, o si se trata de bienes personales, heredados o profesionales. Así se determinan los Bienes privativos en el contexto de matrimonio y divorcio.