Firmar un documento “porque es lo normal” es más común de lo que parece, sobre todo cuando hay un préstamo de por medio. Imagina a Marta, 42 años, directora de una cooperativa educativa que necesita financiación para ampliar su centro. El banco aprueba la operación, pero le pide una “cobertura” frente a subidas de tipos. El nombre suena técnico y poco familiar: swap. Marta confía, firma y sigue con su proyecto, convencida de que está contratando un paraguas.
El problema llega cuando los tipos bajan. Ese supuesto paraguas empieza a generar liquidaciones mensuales en contra, importes que no encajan en el presupuesto y que nadie había anticipado con claridad. Cancelar tampoco es sencillo: la penalización puede ser tan elevada que, en la práctica, deja al cliente atrapado. En muchos casos, el conflicto no nace de “haber perdido”, sino de algo previo: no haber entendido qué se estaba contratando y qué podía ocurrir en escenarios normales del mercado.
Aquí entra una idea clave del Derecho civil: el error en el consentimiento. Un contrato no se sostiene solo por la firma, sino por la comprensión real de su naturaleza y riesgos. Cuando hablamos de productos financieros complejos, la información debe ser clara, completa y comprensible antes de contratar. En la práctica, los tribunales suelen fijarse en si hubo explicaciones reales y trazables, simulaciones de escenarios, advertencias entendibles y documentación precontractual suficiente. Entregar un folleto estándar no equivale a explicar.
En 2025, el Tribunal Supremo ha vuelto a dejar un mensaje nítido en supuestos de swaps vinculados a financiación: si se colocan sin informar de verdad de los riesgos, y además se imponen como condición para obtener el préstamo, el consentimiento puede estar viciado. En tres resoluciones relativas a centros educativos, el Supremo declaró la nulidad o la responsabilidad indemnizatoria, con devoluciones de cantidades y condenas millonarias que superaban los siete millones de euros en conjunto. Además, reconoció la llamada “condena de futuro”, obligando a asumir también liquidaciones negativas que sigan generándose hasta la extinción del contrato, para evitar pleitos sucesivos por el mismo daño.
Si sospechas que firmaste un swap u otro producto complejo sin una explicación transparente, lo más útil es analizar el expediente completo: contrato, anexos, correos, ofertas, test de conveniencia o idoneidad y cualquier documento previo. Ese análisis documental suele ser la diferencia entre una reclamación débil y una estrategia probatoria sólida. En Morín Hernández Abogados, en Santa Cruz de Tenerife (Canarias), abordamos este tipo de reclamaciones con alcance en ámbito nacional, especialmente cuando hay pérdidas recurrentes y falta de transparencia en la contratación.