Condena a una residencia por falta de cuidados: qué exige la Justicia y cómo reclamar indemnización.

Cuando una familia deja a un ser querido en una residencia, lo mínimo esperable es un cuidado diligente y trazable. Sin embargo, una sentencia reciente confirma la condena a una residencia por no acreditar que realizó los cambios posturales y movilizaciones prescritas a una residente con movilidad reducida, cuyo cuadro terminó en una sepsis mortal. La Audiencia Provincial ratificó una indemnización de 80.116,79 € a favor de los hijos, poniendo el foco en un elemento clave: si el centro no registra los cuidados esenciales, jurídicamente es muy difícil sostener que se hicieron.

En estos casos suele hablarse de obligación de medios: la residencia no “garantiza” un resultado, pero sí debe aplicar protocolos razonables para evitar riesgos previsibles (movilización, higiene, vigilancia de piel, curas, derivaciones). Y, además, debe dejar constancia en los documentos adecuados. El tribunal subraya que no basta un “libro de incidencias” genérico si faltan registros específicos, como el “estadillo/libro de movilizaciones” que refleje cada cambio postural conforme a la pauta médica.

Si estás en una situación parecida, lo importante es actuar con método: pedir copia de la historia clínica y de enfermería, registros de curas y movilizaciones, partes de incidencias, informes hospitalarios, y conservar comunicaciones con el centro. Con esa base, puede plantearse una reclamación por responsabilidad civil (contractual y/o extracontractual), cuantificando daños y analizando la relación entre la falta de cuidados y el empeoramiento. Cada caso requiere estudio, pero el aprendizaje es claro: la calidad del cuidado y la calidad del registro van de la mano.

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