No tienes que esperar a que quiera contestar. Si tu hermano no ha decidido si acepta o renuncia a la herencia, puedes pedir a un notario que le requiera formalmente.
¿Qué plazo tiene para aceptar o renunciar a la herencia?
Desde que reciba válidamente el requerimiento notarial, tendrá 30 días naturales para aceptar la herencia —también puede hacerlo a beneficio de inventario— o renunciar.
Si no responde dentro de ese plazo, la ley entiende que ha aceptado la herencia pura y simplemente.
Ejemplo: un hermano que no firma ni renuncia
Marta lleva meses intentando repartir la herencia de su padre. Su hermano Luis no firma, pero tampoco renuncia.
Marta solicita el requerimiento notarial. Si Luis lo recibe y guarda silencio durante el plazo legal, ya no puede mantener bloqueada la decisión de aceptar o renunciar.
¿Qué tienes que hacer?
Reúne el certificado de defunción, el certificado de últimas voluntades y el testamento, si lo hay. Lleva esa documentación a la notaría y pide que se requiera formalmente a tu hermano.
Después habrá que repartir la herencia. Este requerimiento sirve para desbloquear la decisión de aceptar o renunciar, pero no vende ni reparte por sí solo los bienes de la herencia.
Un WhatsApp o una llamada no sustituyen el requerimiento notarial
Ojo: un WhatsApp, una llamada o una reclamación informal no sustituyen el requerimiento notarial previsto legalmente. Si la comunicación notarial no llega a practicarse correctamente, tampoco puede darse por aceptada la herencia solo por el silencio.
¿Tienes una herencia bloqueada en Tenerife o Canarias?
Si un heredero no acepta ni renuncia y la herencia permanece paralizada, en Morín Hernández Abogados podemos estudiar el caso y explicarte qué pasos jurídicos permiten avanzar.
Cuéntanos tu caso.
