Cómo defendimos el derecho de las personas con discapacidad a acceder a su vivienda sin barreras

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Una comunidad de propietarios aprobó una derrama para construir una rampa y adaptar el acceso al edificio para personas con discapacidad.


Varios propietarios de locales comerciales se negaron a pagar alegando que los estatutos les eximían de determinados gastos relacionados con el portal, las escaleras y los ascensores.

La controversia llegó hasta el Tribunal Supremo, donde se analizó si la exención estatutaria también afectaba a las obras destinadas a eliminar barreras arquitectónicas.


El Tribunal Supremo dio la razón a la comunidad de propietarios y confirmó que los propietarios de los locales debían contribuir al pago de la derrama, al considerar que la obra tenía una finalidad de accesibilidad y no constituía un simple gasto ordinario del portal.


Además, los propietarios que recurrieron vieron desestimadas sus pretensiones y soportaron las consecuencias económicas derivadas del procedimiento.

No todas las exenciones estatutarias permiten evitar una derrama. Cuando la obra busca garantizar la accesibilidad de personas con discapacidad, los tribunales suelen otorgar una protección especial a ese derecho.

En Morín Hernández Abogados, despacho de abogados en Santa Cruz de Tenerife, te asesoramos en conflictos sobre comunidades de propietarios, derramas y accesibilidad para evitar errores con consecuencias económicas.

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¿Puede un local negarse a pagar una derrama para una rampa?

 No siempre. Si la obra busca eliminar barreras arquitectónicas, puede estar obligado a contribuir.

¿Una exención en los estatutos evita pagar cualquier derrama?

 No. Depende del tipo de obra y de su finalidad.

¿Qué importancia tiene que la obra sea de accesibilidad?

Tiene una protección especial porque afecta al derecho de las personas con discapacidad a acceder a su vivienda.

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