Mi hija se ha quedado con el dinero de la herencia. ¿Puedo denunciar y recuperar el dinero?

Documentos bancarios y revisión de una herencia

Puede existir una apropiación indebida. Primero debe acreditarse que esa persona recibió dinero ajeno con obligación de entregarlo o devolverlo y se lo apropió en perjuicio de su titular. Después hay que examinar el parentesco entre quien actuó y cada persona perjudicada cuando ocurrieron los hechos.

El artículo 268 del Código Penal establece una excusa absolutoria para determinados delitos patrimoniales entre familiares expresamente enumerados, incluidos ascendientes, descendientes y hermanos. Dicho sencillamente: si concurren los requisitos, la ley excluye la pena criminal, pero mantiene la responsabilidad civil. La finalidad de esta regla es limitar el castigo penal en esos conflictos patrimoniales del núcleo familiar; no declara que el dinero pase a ser de quien lo retuvo. La excusa tampoco opera cuando concurren las exclusiones previstas en el propio artículo, entre ellas violencia, intimidación o abuso de la vulnerabilidad de la víctima. La edad por sí sola no prueba ese abuso.

Qué hacer: desglosa cuánto corresponde a cada perjudicado; conserva la partición, los justificantes de retirada y la prueba de la falta de entrega. No renuncies a la devolución sólo porque entre las partes exista una relación familiar. Si intervienen varias víctimas, comprueba por separado el parentesco con cada una antes de decidir cómo reclamar.

La STS 523/2026, de 29 de julio lo muestra con claridad: de los 156.630 € retirados, la excusa alcanzó únicamente a los 52.210 € de la madre, no a los 104.420 € de dos tías, porque tíos y sobrinos no están incluidos en el artículo 268. El Supremo mantuvo la responsabilidad penal por la parte de las tías, que seguía superando los 50.000 € relevantes para la agravación por cuantía del artículo 250.1.5.º del Código Penal, y mantuvo la indemnización civil por todo el dinero retirado, incluida la parte de la madre. No generaliza esa solución procesal a cualquier conflicto de herencia: depende del supuesto y de la prueba disponible.

Ejemplo: una hija retira 24.000 € de su madre y 24.000 € de una tía, y no los entrega. La excusa familiar puede afectar a la respuesta penal respecto de la madre, si concurren sus requisitos; no se extiende por analogía a la tía. Las dos pueden reclamar la devolución de lo que les pertenece.

Ser familia puede cambiar la pena. No hace desaparecer la obligación de devolver el dinero.

Consulta tu caso en Tenerife

Morín Hernández Abogados · C/ Calderón de la Barca, 2, Santa Cruz de Tenerife.

922 202 971 · WhatsApp 611 333 807 · morinhernandezabogados@gmail.com

Consulta tu caso

Conoce nuestros servicios jurídicos

SÍGUENOS EN NUESTRAS REDES SOCIALES

¿Necesitas un abogado?

Consulta tu caso con un abogado especializado. Te orientamos desde el primer momento.