Me han dado el alta médica, ¿cuándo tengo que volver a trabajar?

Persona revisando un documento médico antes de volver al trabajo

Esta es una de las primeras dudas cuando termina una baja: ¿tengo que volver el mismo día del alta o al día siguiente?

La regla general

Como regla general, el alta médica determina la finalización de la incapacidad temporal y la obligación de reincorporarse cuando comienza a producir efectos laborales. La regulación general sitúa esos efectos al día siguiente de la emisión del alta.

El detalle fundamental

No confundas la fecha en la que el INSS dicta la resolución con la fecha en la que tienes conocimiento de ella.

Precisamente esa diferencia fue determinante en la STSJ Cataluña 3583/2026. El INSS había emitido el alta, pero no constaba su notificación a la trabajadora antes de que fuera despedida.

Qué debes hacer

  • En cuanto recibas el alta, comprueba la fecha de emisión y sus efectos.
  • Comunícate con la empresa y organiza inmediatamente tu reincorporación.
  • Si la empresa te comunica que estás de alta pero tú no has recibido la resolución, no ignores el requerimiento: pide copia al INSS y responde por escrito a la empresa.

Un ejemplo

Si el alta se emite un martes y produce efectos laborales el miércoles, la regla general es que debes reincorporarte el miércoles.

No calcules la vuelta al trabajo de memoria: comprueba siempre la resolución y deja constancia escrita de cualquier incidencia.

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¿Dudas con tu alta médica? Revisamos tu resolución y te decimos cuándo y cómo reincorporarte sin riesgos.

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