Existe la opción de argumentar que las vacaciones son un evento familiar de gran importancia, aunque será la Junta Electoral de Zona quien tome la decisión final. Las próximas elecciones generales se llevarán a cabo el 23 de julio, un mes en el que un buscador de vuelos y hoteles, reveló que el 40% de los españoles tiene planeado disfrutar de vacaciones o viajes de verano. Estos comicios anticipados e inesperados, anunciados sorpresivamente por el presidente del Gobierno este lunes, han generado dudas acerca de las opciones disponibles si nos vemos obligados a formar parte de una mesa electoral y ya teníamos programado un viaje. Se puede plantear el argumento de que las vacaciones constituyen un evento familiar de especial relevancia, aunque la Junta Electoral de Zona será la entidad encargada de tomar la decisión final al respecto. A continuación, se abordan 11 preguntas que explican las alternativas para solicitar esta consideración, los plazos establecidos, así como las implicaciones de no presentarse en la mesa electoral el día de las votaciones, y las políticas de las empresas hoteleras y de transporte.

1. ¿Me puedo librar de una mesa electoral si tengo un viaje? 

No se acepta automáticamente tener un viaje como motivo para ser eximido de formar parte de una mesa electoral en unas elecciones, pero se puede presentar una reclamación ante la Junta Electoral de Zona, que tiene la última palabra al respecto. Un viaje o estancia fuera de nuestro lugar de residencia debido a vacaciones podría considerarse como una alegación por motivos familiares, específicamente como un «evento familiar de especial relevancia».

Para solicitar la exención de esta obligación, sería necesario proporcionar toda la documentación posible que justifique el viaje y el impacto económico que supondría su cancelación: recibos de pago, copias de billetes de avión, reservas, etc. Según una instrucción de la Junta Electoral Central que aborda los impedimentos y excusas justificadas para ocupar los puestos de presidente o vocal en las mesas electorales, «el interesado no solo deberá acreditar documentalmente la previsión de celebración del evento, sino también el carácter inaplazable del mismo o los perjuicios económicos en caso de suspensión».

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha solicitado a las juntas electorales que «flexibilicen sus criterios» de aceptación y consideren las vacaciones como un evento de especial relevancia. También están solicitando una instrucción por parte de la Junta Electoral Central con criterios unificados sobre las excusas de participación en las mesas electorales.

2. ¿Es cierto que si pido el voto por correo ya no me pueden convocar para formar parte de una mesa? No, el sorteo de los miembros de las mesas se realiza entre todos los inscritos en el censo electoral. Si se solicita el voto por correo, no se permite votar en persona el día de las elecciones.

3. ¿Cuándo sabré si me ha tocado una mesa electoral? El sorteo entre los 35 millones de votantes se llevará a cabo nuevamente entre el 24 y el 28 de junio. Tres días después, los seleccionados, que representan aproximadamente un 1,4% del censo electoral según los datos de las elecciones del pasado domingo, recibirán una carta en su domicilio.

4. ¿Cuáles son los plazos para reclamar? Si ha sido seleccionado y le resulta imposible asistir, tendrá un plazo de siete días a partir de la recepción de la carta que notifica su designación para presentar una solicitud. La Junta Electoral de Zona resolverá esta solicitud en un plazo de cinco días, sin posibilidad de recurso.

5. ¿Cómo hago la petición? Es necesario dirigirse a la Junta Electoral de la zona correspondiente. En el sitio web de la Junta Electoral Central se puede encontrar un directorio que incluye teléfonos y direcciones de contacto. Además, en la carta de notificación de designación como miembro de una mesa electoral (ya sea presidente, vocal o suplente), también se proporciona esta información. En las elecciones autonómicas y municipales anteriores, también fue posible tramitar la solicitud a través de una aplicación informática llamada «Excusas», disponible en la Junta Electoral Central.

6. ¿Podría empadronarme en mi lugar de veraneo para votar allí? Es posible realizar el empadronamiento, sin embargo, este no se tomaría en cuenta para las elecciones generales que se llevarán a cabo el próximo 23 de julio. Para dichos comicios, se utilizará el censo electoral tal y como estaba registrado al 1 de marzo pasado.

7. ¿Me devolverán el dinero las agencias de viajes por este motivo? En el caso de que la Junta Electoral de Zona le comunique que no admite la reclamación y tenga que acudir a la mesa electoral el 23 de julio, se puede reclamar ante las compañías con las que se ha contratado el viaje.

De acuerdo con fuentes del Ministerio de Consumo, la convocatoria como miembro de una mesa electoral puede considerarse un evento de fuerza mayor, reconocido tradicionalmente por la jurisprudencia como una circunstancia necesaria para aplicar la doctrina que permite al consumidor cancelar o modificar un contrato debido a su designación. La OCU coincide en este punto y destaca que acudir a la mesa electoral es una obligación legal imprevista e imprevisible, por lo que se podrían cancelar las vacaciones sin sufrir penalizaciones económicas. Según la organización de consumidores, no es necesario tener un seguro de viaje contratado en este caso.

La OCU ha instado a las agencias de viajes, compañías y hoteles, así como a otras empresas del sector, a mostrar consideración y sensibilidad en estas situaciones, ofreciendo reembolsos o opciones de cancelación flexible para los viajes contratados.

Por su parte, la Federación Empresarial de Asociaciones Territoriales de Agencias de Viajes Españolas ha solicitado a la Junta Electoral Central que se admita la contratación previa de un viaje como una de las causas justificadas para no formar parte de una mesa electoral, presentando la documentación pertinente certificada por la agencia de viajes que confirme la reserva. La asociación de consumidores Facua también ha pedido que los viajes familiares se consideren una causa clara y directa para quedar eximido de asistir a la mesa.

8. ¿Tiene el hotel que devolverme el dinero de la reserva? No hay una política de cancelación estándar que aplique a todo el sector hotelero. Muchas empresas ofrecen la posibilidad de cancelar sin necesidad de justificar la razón hasta cierto tiempo antes de la fecha de reserva. En algunos casos, se permite la cancelación hasta 15 días antes, y en otros casos más flexibles, incluso con menos antelación. Los votantes que estén preocupados por ser convocados para formar parte de una mesa electoral el 23 de julio y tengan planes de vacaciones para esas fechas pueden protegerse buscando hoteles y apartamentos con políticas de cancelación flexibles, que se han vuelto más comunes debido a la pandemia. En caso de que no haya posibilidad de cancelación, se puede intentar negociar directamente con el hotel. Sin embargo, es importante tener en cuenta que la pérdida de un viaje debido a la obligación de estar en una mesa electoral no es responsabilidad de la empresa hotelera.

Otra opción es contratar un seguro de cancelación que incluya la anulación del viaje por causas judiciales, aunque esto dependerá de la cobertura específica del seguro.

9. ¿Cuál es la política de cancelación de Renfe y de las aerolíneas en este caso?  

Las compañías de transporte generalmente no ofrecen reembolsos para los billetes adquiridos en la fecha de las elecciones generales, incluso si el pasajero ha sido designado para formar parte de una mesa electoral. Por lo general, solo aquellos usuarios que hayan contratado un seguro de anulación o hayan seleccionado una tarifa con derecho a cambio de fecha podrán recuperar el dinero del billete.

En el caso de Renfe, no se realizará la devolución del dinero del billete a menos que el pasajero haya adquirido la opción «Elige», que incluye el primer cambio de fecha de forma gratuita (los cambios posteriores tienen un coste de 10 euros) y la devolución del 70% del importe en caso de anulación.

En cuanto a las aerolíneas, algunas como Vueling contemplarán la devolución en casos extremos, considerando que la citación a la mesa electoral tiene un comportamiento similar a una citación judicial, una de las opciones de anulación que la compañía acepta. Presentando la documentación correspondiente, que incluye un justificante, Vueling realizará el reembolso en forma de crédito para futuros vuelos.

Iberia, que también forma parte del grupo IAG al igual que Vueling, permitirá el cambio de billete o reembolso para aquellos que hayan sido designados para formar parte de una mesa electoral, según fuentes de la compañía. Por su parte, Level, la aerolínea de bajo coste con base en Barcelona-El Prat y también parte de IAG, ha anunciado que reembolsará el vuelo a los clientes que sean convocados para participar en una mesa electoral, así como a todas las personas incluidas en la reserva.

10. ¿Qué me puede pasar si no me presento el día de las elecciones en el colegio electoral? Presentar una solicitud para ser eximido de desempeñar el papel en las elecciones no garantiza su aceptación. Hasta que no reciba una respuesta favorable, seguirá figurando como una persona designada para llevar a cabo esta tarea el día de las elecciones. En caso de no presentarse, se enfrentaría a la posibilidad de cometer un delito de abandono o incumplimiento de las responsabilidades en las mesas electorales, lo cual puede conllevar una pena de prisión de tres meses a un año, o una multa que oscila entre seis y veinticuatro meses.

11. Ante un contrato temporal de verano en una región distinta al domicilio habitual, ¿qué opciones existen? La Instrucción 6/2011, de 28 de abril, de la Junta Electoral Central establece que, cuando el ciudadano está en otra comunidad autónoma, en este caso por un trabajo temporal de verano, tendrá que justificar la dificultad para poder asistir a la mesa electoral debido a que el domicilio recogido en el censo electoral es diferente al domicilio efectivo del interesado en ese momento, según los expertos de Legálitas. Como en el caso anterior, es necesario que la Junta Electoral analice el caso porque es una causa relativa.

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